lunes, 10 de noviembre de 2014

¿Cuáles son los papeles necesarios para casarse?

La organización de una boda siempre es difícill y llena de nerviosismo, así que vamos a ver que papeles son necesarios para casarse para intentar aliviar un poco estas preocupaciones.


En el caso de una boda religiosa, el párroco necesitará estos papeles para poder tramitar el expediente matrimonial, no solo de la pareja, sino de un testigo por cada uno de ellos.

- Certificado de Nacimiento de cada uno de los novios, que se pude conseguir en el Registro Civil del lugar de nacimiento y que puede tardar unos 5 días en ser expedido.
- Partida de Bautismo legalizada, que la puedes pedir en la parroquia de bautizo de cada uno de los contrayentes y que se tiene que pedir medio año antes de la boda.
- Fotocopia del DNI válido o el pasaporte en su defecto.
- Certificado de asistencia a un Cursillo Prematrimonial y que tiene una validez de 6 meses.

Además algunas parroquias pueden requerir la presentación de documentos como el de confirmación o el de soltería. Éste último es necesario si alguno de los novios es extranjeros y se puede conseguir en el ayuntamiento donde se está censado,

Si la boda es por lo civil, los trámites se pueden realizar en el Registro civil donde tenéis que entregar esta documentación y recoger el expediente una vez finalizado


Los documentos a presentar son:

- Certificado de nacimiento de cada uno de los contrayentes.
- Certificado de soltería de los novios, que no es más que una declaración jurada del estado civil y cuyo impreso lo puedes conseguir también en el Registro Civil.
- Certificado de empadronamiento que se pide en el ayuntamiento de residencia.
- Fotocopia del DNI válido o pasaporte en su defecto.
-  Solicitud cumplimentada que será facilitada en el Registro civil.

Los testigos también tienen que presentar su DNI o Pasaporte.


Pero después de la boda no se acaba la presentación de los papeles, ya que, con un boda religiosa, para que esta sea reconocida tiene que ser inscrita en el Registro Civil entregando el acta matrimonial firmada en un plazo de cinco días hábiles.

Si la boda ha sido civil, si ésta se ha realizado ante el Alcalde o Concejal, será el propio ayuntamiento el que promueva la inscripción del matrimonio, si es ante un Juez del Registro Civil, la inscripción se realiza de oficio.

Tras el registro, os darán el Libro de Familia que tenéis que conservar para inscribir vuestros futuros hijos en común.

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